Ilegalidad de contratos ocasionales
y nombramientos provisionales

Es muy difícil salvar una ciudadanía cuando le ha llegado la hora de caer bajo el poder de los demagogos. Es lo que sucedió en los gobiernos anteriores, se entregó empleo público a todo el mundo sin que tengan capacidad para ejercerlo, y sin presupuesto, esclavizando a esta gente. En la administración pública se utilizó en forma malsana el contrato ocasional, entregándolos en contra de la ley, pues el art. 58 Losep expresa que esta contratación es por excepción; sin embargo, existen miles laborando desde más de una década sin reconocerles la estabilidad que merecen. Los nombramientos provisionales: otra farsa inventada por el gobierno de Correa que tenía esclavizada a esta masa que hoy sigue padeciendo. El art. 17 Losep indica que el nombramiento provisional es solo para personas a prueba por tres meses para ocupar el puesto de algún servidor que esté en comisión de servicio, el del empleado con licencia o el de aquel que esté suspendido. Nunca puede ser por años. Mediante R. O. 1008 del 19 de mayo de 2017 se dictó la reforma a la Ley Orgánica del Servicio Público cuya 11ª. disposición transitoria establece que las personas que a esa fecha hayan permanecido con nombramiento provisional o contrato ocasional por más de cuatro años serán declarados ganadores del respectivo concurso público de mérito y oposición. Inaudito que solo se beneficien los que mantengan a esa fecha más de 4 años en el cargo. ¿Y los empleados que siguen cumpliendo cuatro años? La demagogia tiene que ser erradicada, dar estabilidad a estos empleados y dejar a los capaces para mejorar la productividad laboral.

Franklin Lituma Manzo