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Diario Expreso Ecuador

Caso Triple A

Tribunal niega traslado de Aquiles Álvarez a Quito y dispone que rinda testimonio vía telemática

El Tribunal del caso Triple A rechzó el traslado de Aquiles Álvarez a Quito, así que deberá conectarse desde Santa Elena

Aquiles Álvarez se encuentra recluido en la cárcl del Encuentro, desde febrero de 2026, y acusado de tres delitos

Aquiles Álvarez se encuentra recluido en la cárcl del Encuentro, desde febrero de 2026, y acusado de tres delitosGUSTAVO GUAMAN

Sara Ortiz
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Lo que debes saber

  • La defensa de Aquiles Álvarez pidió la recepción de su testimonio de forma presencial ante el Tribunal para garantizar la inmediación y contradicción.
  • Tribunal negó el traslado de Álvarez a Quito basándose en un reglamento del Consejo de la Judicatura sobre audiencias telemáticas. 

El Tribunal de juicio del caso Triple A negó la solicitud planteada por la defensa del alcalde de Guayaquil, Aquiles David Álvarez, en la que pedía su traslado desde el Centro de Privación de Libertad Santa Elena No. 1, también conocido como cárcel del Encuentro, hacia el Complejo Judicial Norte de Quito para la recepción de su testimonio dentro del juicio por presunta comercialización ilegal de combustibles.

La petición de la defensa

A través de un escrito, la abogada Estefany Alvear argumentó que, con miras a la reinstalación de la audiencia programada para la práctica de la prueba de descargo, la recepción del testimonio del procesado constituye un acto de crucial relevancia para el ejercicio de su defensa material.

La defensa solicitó la comparecencia presencial argumentando que las condiciones técnicas de la Unidad Judicial de Santa Elena, desde donde han comparecido en jornadas anteriores, no eran las más adecuadas por contar con un solo equipo informático y problemas de audio. Sostuvo además que la presencia física del procesado ante el Tribunal en Quito resultaba necesaria para garantizar plenamente los principios de inmediación, contradicción y la valoración de la comunicación verbal y no verbal durante el interrogatorio y contrainterrogatorio.

La resolución del Tribunal

Mediante providencia, el juez ponente Jorge Suidberto Sánchez Pico resolvió negar el traslado del procesado, fundamentando la decisión en los siguientes puntos:

Invocación normativa: El Tribunal señaló que el Memorando Circular Nro. CJ-DNGP-2024-0093-MC prevé el traslado de personas privadas de libertad a dependencias judiciales únicamente cuando el centro de privación no cuente con la disponibilidad tecnológica necesaria para garantizar la comparecencia.

Habilitación técnica: La resolución precisa que Álvarez ya se encuentra previamente autorizado para comparecer desde la Unidad Judicial Penal con sede en el cantón La Libertad, espacio desde el cual puede rendir su testimonio ya que supuestamente reune las condiciones adecuadas.

Ausencia de justificación: Con base en dichos elementos, el órgano jurisdiccional determinó que supuestamente no existe justificación procesal para disponer el operativo de traslado hacia la capital.

Contexto del proceso

Aquiles Álvarez es juzgado dentro del Juicio No. 17U05202400186 por el presunto delito de comercialización ilegal de combustibles, infracción que según el Código Orgánico Integral Penal (COIP) se sanciona con una pena privativa de libertad de hasta 5 años.

La reinstalación de la audiencia de juicio continuará este viernes 24 de julio con la recepción de pruebas y testimonios. Aquiles Álvarez está previsto que el sábado 25 de julio intervenga a través de videoconferencia desde la provincia de Santa Elena.

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