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Deudas con la ATM: más de 186.000 personas podrán acceder a descuentos
El beneficio contempla descuentos de hasta el 100 % en intereses, costas y recargos para los deudores, pero no elimina el capital de la deuda

La medida aprobada por el Concejo Municipal busca facilitar el pago de deudas pendientes y descongestionar los patios de retención vehicular de la Agencia de Tránsito y Movilidad (ATM).
Lo que se sabe
- 186 381 deudores de la Agencia de Tránsito y Movilidad (ATM) podrían acogerse al beneficio.
- La remisión será de 100 %, 75 % o 50 % según el tiempo transcurrido desde la publicación de la ordenanza.
- El capital de la deuda no se condona y las contravenciones del COIP no forman parte de la medida.
El Concejo Municipal de Guayaquil aprobó en segundo debate y por unanimidad la ordenanza que regula la remisión de intereses, costas y recargos de la tasa de garaje y multas de tránsito municipales administradas por la ATM. La medida busca facilitar el pago de obligaciones pendientes y reducir la acumulación de vehículos en los patios de retención.
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La remisión será del 100 % durante los primeros 30 días, del 75 % hasta los 60 días y del 50 % hasta los 90 días, contados desde la publicación de la ordenanza en el Registro Oficial.
El beneficio se aplicará tanto a la tasa de garaje como a las multas municipales contempladas en la normativa.
El beneficio no incluye el capital de la deuda ni las contravenciones establecidas en el Código Orgánico Integral Penal, debido a que estas últimas son competencia del Gobierno Nacional.
Para las multas municipales, la medida contempla obligaciones generadas hasta el 31 de diciembre de 2025.
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La remisión apunta a recuperar la cartera
Según la ATM, 186 381 deudores podrían acogerse al beneficio, con obligaciones generadas entre 2015 y diciembre de 2025. La entidad calcula que existe una cartera cercana a $ 35 millones que podría beneficiarse de la remisión y proyecta recuperar alrededor de $ 2,7 millones de valores que actualmente constan como incobrables.
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La ordenanza también permite que quienes hayan realizado pagos parciales completen el capital pendiente para acceder a la remisión.
Las deudas en ejecución coactiva podrán acogerse antes de un embargo, mientras que quedan fuera aquellas que ya fueron objeto de embargos, subastas o remates. La medida empezará a aplicarse cuando sea publicada en el Registro Oficial.