Corte anuló reformas a la ley antimonopolio: la Asamblea las publicó sin los votos necesarios
La Asamblea no tenía los votos para superar el veto de Lasso, pero publicó la ley igual; la Corte la anuló con efecto retroactivo en 2026

El edificio de la Corte Constitucional de Ecuador.
LO QUE DEBES SABER
- La Corte anuló las reformas porque la Asamblea las publicó como ley sin reunir los 92 votos necesarios para superar el veto de Lasso; solo obtuvo 86.
- La Superintendencia de Competencia Económica tenía 87 procesos administrativos en curso sustanciados con los artículos ahora declarados inconstitucionales.
- La Corte dispuso efectos retroactivos desde mayo de 2023 y ordenó al Presidente publicar en cinco días el texto alternativo que Lasso propuso en 2023.
La Corte Constitucional (CCE) declaró inconstitucionales cuatro reformas a la Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado (LORCPM), no por su contenido, sino por una falla en el trámite legislativo.
Economía y negocios
Liquidación de Correos del Ecuador se extiende 45 días más por decreto
Liz Briceño
El tribunal determinó que la Asamblea Nacional publicó en 2023 un texto que no había reunido los votos necesarios para superar el veto del entonces presidente Guillermo Lasso Mendoza.
La sentencia 43-24-IN/26 se aprobó el 25 de junio de 2026 con nueve votos a favor.
La CCE concluyó que la actuación de la Asamblea socavó el principio de separación de poderes al excluir al Ejecutivo del proceso final de formación de la ley.
¿Por qué la Asamblea publicó una ley que no fue aprobada?
El abogado y exsecretario jurídico de la Presidencia, Fabián Pozo, calificó lo ocurrido como "una trampa o viveza criolla" de la Asamblea que presidía Virgilio Saquicela.
Explicó que el legislativo envió al Registro Oficial un texto que no fue aprobado, cuando debía publicarse la versión del Ejecutivo.
Para ratificarse en su versión original, la Asamblea necesitaba 92 votos, dos terceras partes de sus miembros.
En la sesión del 27 de abril de 2023, la moción obtuvo apenas 86 votos afirmativos y 13 abstenciones.
Al no alcanzar esa mayoría ni aceptar expresamente el veto, la ley establece que la Asamblea queda sometida de forma automática al texto presidencial —lo que se conoce como allanamiento tácito—.
En esas circunstancias, correspondía publicar la versión de Lasso. Aun así, Saquicela remitió al Registro Oficial su propia versión.
Copa Mundial de Fútbol
La Tri practicó penales ante una posible definición contra México
Valeria Alvear
¿Qué normas quedaron sin efecto?
Los numerales anulados modificaban los artículos 9, 11 y 80 de la LORCPM, que definen el abuso de poder de mercado, los acuerdos restrictivos y los criterios para calcular sanciones.
Esto no significa que esas prácticas queden sin regulación: el texto alternativo de Lasso cubre las mismas materias con estándares más modernos.
Ese texto introducía definiciones más precisas para eliminar la ambigüedad que arrastraba la ley desde su aprobación en 2011. Además incorporaba la prohibición de colusión en compras públicas —el acuerdo entre empresas para repartirse contratos del Estado—, una omisión grave que constó en el veto.
La propia Superintendencia de Competencia Económica (SCE) reconoció ante la Corte que la versión de Lasso era acorde a las tendencias internacionales del derecho de la competencia, aunque pidió que la declaratoria no fuera retroactiva, petición que la Corte rechazó.
Economía y negocios
Servicio eléctrico fue restablecido en todo el país tras explosión en subestación Molino
Mayra Pacheco Pazmiño
¿Qué significa el efecto retroactivo?
La Corte ordenó que el fallo tenga efectos retroactivos desde mayo de 2023.
Pozo advirtió que cualquier sanción impuesta con base en los artículos 9 o 11 carece de valor jurídico. "La ley nunca se aprobó", afirmó. Agregó que una empresa multada podría reclamar la devolución de la multa.
El abogado constitucionalista José Manuel Portugal tiene una lectura distinta. Precisó que, al haberse publicado en el Registro Oficial, la norma entró en vigencia y lo actuado durante esos tres años tiene respaldo jurídico. Sin embargo, la Corte fue explícita: ordenó retrotraer cualquier efecto jurídico desde la entrada en vigencia de las normas.
¿Qué pasa con los 87 procesos?
Economía y negocios
Contrabando de camisetas: ¿Cómo decomisó la Aduana pacas de camisetas mundialistas?
Vanessa López
La SCE reportó 87 procesos administrativos sustanciados con los artículos anulados: 43 en trámite, 16 iniciados y 28 ya concluidos.
Pozo precisó que cada caso deberá analizarse individualmente: los que concluyeron en sanción deberían anularse, y los que aún no han prescrito, reiniciarse.
Para Pozo, lo ocurrido no tiene precedente en la historia legislativa del Ecuador. Advirtió que quienes presidieron la Asamblea podrían enfrentar responsabilidad administrativa y que la Contraloría General debería auditarlos. "Eso es una falencia de gestión de absoluta negligencia", dijo.
La Corte, además, ordenó a la Asamblea capacitar al personal de su Secretaría General en procedimientos legislativos, en un plazo máximo de 60 días hábiles.