jornada laboral
Cómo calcular el pago con 100 por ciento de recargo feriado Ecuador
El Ministerio de Trabajo aclaró que el pasado 26 de junio correspondió a la suspensión de una jornada laboral y que deberá pagarse con el 100 % de recargo

Un par de trabajadores cumplen su jornada laboral en una fábrica de carros.
El Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Trabajo, indicó mediante un comunicado que el pasado viernes 26 de junio correspondió a una suspensión de la jornada laboral para los sectores públicos y privados a nivel nacional, más no a un feriado.
Ese día, el presidente Noboa lo estableció como libre de trabajo tras el triunfo de la selección de Ecuador, en su partido contra Alemania, por el pase a dieciseisavos de final en el Mundial 2026.
No obstante, en el mismo comunicado, Trabajo señala que, pese a no corresponder a un asueto, los empleadores que no se acogieron al Decreto 431 que establecía el día libre y que, al contrario, decidieron hacer trabajar a su personal ese día, deberán reconocer la remuneración correspondiente como trabajo realizado en un día de descanso obligatorio, aplicando el 100 % de recargo, sobre la remuneración ordinaria.
Política
Andrés Roche plantea recuperar Guayaquil y el modelo de ciudad impulsado por el PSC
Flor Layedra Torres
Entonces, ¿cómo calcular el pago con el 100 % de recargo?
El artículo 55 del Código del Trabajo establece que este recargo es un derecho del trabajador cuando presta servicios en días de descanso obligatorio, por lo que el empleador está obligado a reconocer y pagar el valor correspondiente.
Es decir, cuando un trabajador presta servicios durante un feriado de descanso obligatorio, las horas laboradas se consideran horas extraordinarias y deben pagarse con un recargo del 100% sobre el valor de la hora ordinaria, lo que significa que deberá ganar el doble por jornada.
Por ejemplo, si el salario mensual del trabajador es de $800, el cálculo del pago por trabajar en un feriado con 100 % de recargo se realiza dividiendo primero el sueldo entre 240 horas, lo que da un valor de $3,33 por hora. Al aplicarse el recargo del 100% previsto en la normativa laboral ecuatoriana, cada hora trabajada se paga al doble, es decir, $6,67 por hora. En consecuencia, si trabajaste una jornada de 8 horas durante un feriado, el valor a recibir por ese día sería de aproximadamente $53,36.