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La solicitud de revocatoria

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Otra de las instituciones que debe evaluar el CPCCS-T es el CNE, cuyos integrantes han violado el art. 105 de la Constitución al entregar los formularios para la recepción de firmas para la revocatoria del mandato al alcalde de Quito. El mencionado artículo manda que: “La solicitud de revocatoria del mandato podrá presentarse una vez cumplido el primero y antes del último año del período para el que fue electa la autoridad cuestionada...”. Esto significa que la revocatoria a las autoridades que se renuevan en mayo 2019, no es posible de acuerdo con este mandato de la Constitución, peor aún que quienes dirigen y controlan los procesos electorales se presten para esta farsa.

Gustavo Chiriboga Castro

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