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Diario Expreso Ecuador

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“No se comunico a la ciudadania

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Mediante Resolución 056 del MAE del 16 de mayo de 2018 se emite la licencia ambiental para la Reevaluación al Diagnóstico Ambiental de la Estación de Transferencia “Tres Bocas” operado por Petroecuador EP.

Pongo a conocimiento algunas disposiciones del Código Orgánico del Ambiente: Art. 184: Participación Ciudadana; no se realizó ningún esfuerzo para comunicar a la ciudadanía sobre riesgos ambientales que podría generar la operación del proyecto.

El estudio presentado fue sobre los riesgos que ocasionaría la operación de los buques tanques de 45.000 toneladas de combustibles, por lo que uno de los riesgos que debió analizarse es el daño ambiental que puede ocasionar esta operación, pero, el art. 289 obliga al MAE a establecer los criterios para evaluar los daños ambientales, sin embargo, no se han establecido esos criterios; en consecuencia, ¿cómo se puede aprobar una licencia ambiental sobre los riesgos ambientales sin tener criterios para determinar un eventual daño ambiental?

Que las autoridades municipales y la sociedad civil defensora del ambiente, presenten las acciones legales para que el Ministerio del Ambiente retire la licencia ambiental otorgada, ya que se han violentado derechos ciudadanos y los derechos de la naturaleza consagrados en nuestra Constitución.

Abg. Edgar López Moncayo, Mgs

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