El Ejecutivo decretó una reforma que determina crear, modificar o eliminar entidades
La disposición señala que las entidades que busquen implementar cambios deben tener criterios de austeridad y eficiencia

Fachada del edificio conocido como Plataforma Financiera, que acoge a cientos de empleados públicos.
Una nueva reforma en el sector público. El presidente de la República, Daniel Noboa, emitió un decreto con el que se busca regular el proceso de reforma institucional, el cual incluye "la creación, modificación o supresión de las entidades de la Función Ejecutiva". Se exceptúan a las empresas públicas, dice el decreto.
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El decreto no menciona qué entidades se eliminarán, modificarán o crearán. El decreto fue emitido el viernes 26 de abril de 2024, un día después de que el Fondo Monetario Internacional (FMI) anunciara que llegó a un acuerdo con Ecuador, a nivel técnico, para suscribir un nuevo programa de financiamiento por 4.000 millones de dólares y 48 meses de duración.
El documento oficial señala que las entidades de la Función Ejecutiva, en el proceso de reforma institucional y en su respectiva implementación, deberán observar la normativa vigente y los criterios de optimización, austeridad, eficiencia y eficacia.
También se aclara que durante el proceso de reforma y su implementación, deberán garantizar la continuidad y no interrupción de los servicios públicos que correspondan.
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El proceso de reforma institucional tendrá dos etapas: fase de decisión estratégica y fase de implementación. La fase de decisión estratégica podrá iniciar a pedido de una entidad pública que actuará como requirente, y dirigirá a la Presidencia de la República la solicitud de creación, modificación o supresión de las entidades de la Función Ejecutiva.
La Secretaria General de Administración Pública y Gabinete será la responsable de analizar y emitir el pronunciamiento sobre las propuestas de reforma institucional.
Finalmente, en caso de que la Presidencia de la República considere pertinente, el proyecto de decreto ejecutivo será socializado con la Secretaría Nacional de Planificación, el Ministerio del Trabajo, o el Ministerio de Economía y Finanzas para que formulen sus observaciones según el ámbito de sus competencias.
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