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La empresa Correos del Ecuador se encuentra en proceso de liquidación desde mayo de 2020.archivo / expreso

Ecuador: La liquidación de cuatro empresas públicas se extiende hasta finales de 2025

El presidente Daniel Noboa dispuso ampliar el plazo para cumplir con este proceso hasta el 31 de diciembre de 2025

La liquidación de las empresas públicas Ferrocarriles del Ecuador, Fabricamos Ecuador (Fabrec), Correos del Ecuador y la Unidad Nacional de Almacenamiento (UNA) se extenderá nuevamente. El presidente Daniel Noboa, mediante los Decretos Ejecutivos 26, 27, 29 y 30, dispuso ampliar el plazo para cumplir con este proceso hasta el 31 de diciembre de 2025.

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La medida fue tomada tras la solicitud del Directorio de cada una de estas entidades estatales, que solicitaron al Ejecutivo una ampliación del plazo para la liquidación de estas firmas.

Así, el presidente Daniel Noboa mediante cuatro Decretos Ejecutivos estableció que estas entidades tendrán plazo hasta el 31 de diciembre de 2025 para su liquidación, sin perjuicio del análisis posterior de la situación de la liquidación.

El proceso de cierre de estas entidades no es nuevo. La iniciativa para liquidarlas surgió en mayo de 2020, durante el Gobierno del expresidente Lenín Moreno. La medida fue tomada con el propósito de optimizar la eficiencia de la Función Ejecutiva, en medio del estado de excepción por la pandemia del covid-19.

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Aparte de las Ferrocarriles del Ecuador, Fabricamos Ecuador Correos del Ecuador y la Unidad Nacional de Almacenamiento, el Ejecutivo anunció entonces que se cerrarían y fusionarían empresas públicas como: la aerolínea TAME, Medios Públicos, Ecuador Estratégico y otras. En total eran 10 instituciones.

En el caso de Ferrocarriles del Ecuador, Fabrec, Correos del Ecuador y UNA, sin embargo, su proceso de liquidación se ha ampliado ya en varias ocasiones. De acuerdo con los considerandos de los recientes Decretos emitidos se refiere que la misma medida fue tomada en julio de 2021, en julio de 2022 y junio de 2023.

Además, en mayo de 2025, a través de una disposición transitoria del Decreto Ejecutivo 621 se detalló que de no materializarse y concluir con la liquidación de las empresas públicas en 24 meses contados desde la suscripción de ese Decreto, ese plazo podía ampliarse.

Para solicitar la extensión del plazo, el liquidador de la empresa pública, en liquidación, debía emitir un informe debidamente motivado justificando la ampliación, mismo que debía ser puesto en conocimiento del directorio de la empresa pública, a fin de que analice el requerimiento y, de considerarlo pertinente, lo apruebe, para luego remitirlo al Ejecutivo.

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