Gracias a esa figura María Sol Larrea, exfuncionaria del IESS, recibió un año de cárcel en lugar de los hasta cinco a los que podía ser sentenciada por tráfico de influencias.

La corrupcion sale barata

El juicio abreviado podrá presentarse desde la audiencia de formulación de cargos hasta la diligencia preparatoria de juicio.

Procesados por casos de corrupción se han beneficiado del procedimiento abreviado, una figura especial que permite concluir el proceso penal de forma rápida. Está contemplado en el Código Orgánico Integral Penal (COIP), vigente desde agosto de 2014.

Gracias a esa figura María Sol Larrea, exfuncionaria del IESS, recibió un año de cárcel en lugar de los hasta cinco a los que podía ser sentenciada por tráfico de influencias.

Lo mismo ocurrió con Álex Bravo, exgerente de Petroecuador, quien fue condenado a tres años y cuatro meses de cárcel por delincuencia organizada. En un juicio ordinario hubiese recibido entre siete y 10 años.

Antes que ellos Vinicio Luna, excoordinador de selecciones de la FEF, fue sentenciado a un año por lavado de activos. Sin la figura hubiese recibido una proporción de la condena de entre siete y 10 años en calidad de coautor, o hasta 13 dependiendo de las condiciones en las que se cometió el delito.

El exjuez y abogado Milton Castillo considera que el procedimiento tiene un control de legalidad para que sea aplicado: el fiscal, que es quien negocia la pena con el procesado.

El artículo 635 del COIP señala que son susceptibles de ese beneficio las infracciones con pena de hasta diez años. Castillo recuerda que es el juez el que puede aceptar o no.

Y casos se han presentado. Una negativa se dio antes de la audiencia preparatoria de juicio en el caso de asociación ilícita y plagio del activista Fernando Balda. Después de casi seis horas de juicio, la jueza Daniella Camacho rechazó el año de cárcel pedido por el fiscal Paúl Pérez para Raúl Chicaiza y Diana Falcón, porque la pena mínima debía ser de 24 meses.

El exfiscal y abogado en libre ejercicio Pablo Encalada no cree que el procedimiento abreviado favorezca a la corrupción. El problema es que no lo aplican bien, señala.

El defensor dice que “la Fiscalía no debe aplicar (procedimiento) abreviado en todos los casos, debe escoger bien aquellos en los que se va a ahorrar el trabajo”. Reconoce que con el abreviado se descongestiona el sistema.

Para el abogado Reinaldo Zambrano, la figura implica “aceptar los hechos y una pena, seas inocente o culpable”. Afirma que hay abogados que no defienden y recomiendan el abreviado por una supuesta pena inferior y con eso ya no hay inocencia.

Miguel Revelo defiende a Carlos Pareja Yannuzzelli, exministro de Hidrocarburos involucrado en la corrupción en Petroecuador. Él reitera que su cliente no pedirá el abreviado “porque estamos demostrando que no se trata más que de persecución política”. Pareja firmó un acuerdo de cooperación eficaz que Revelo no sabe si se aplicará en el juicio por peculado que se instala hoy.

¿La razón? El documento firmado con el exfiscal Carlos Baca no está en manos del actual fiscal. Dice que desde hace dos meses ha pedido a la Fiscalía que el convenio sea ubicado.

Procedimientos

Directo

Concentra todas las etapas en una sola audiencia. Opera en delitos flagrantes con pena de hasta cinco años y los delitos contra la propiedad con monto no mayor a 30 salarios.

Expedito

Las contravenciones penales y de tránsito serán susceptibles de procedimiento expedito. Se desarrollará en una sola audiencia. En la audiencia se podría llegar a conciliación.

Querella

Quien acuse de un delito de ejercicio privado de la acción penal deberá proponer la querella por escrito. No se ordenarán medidas cautelares y podrán concluir por abandono.