Corrupcion: “Para saber quienes son”
El reglamento de la función legislativa señala que un asambleísta tiene derecho a contratar a dos asesores y dos asistentes. Los dos vicepresidentes pueden contratar un asesor y un técnico adicional. Los vocales del consejo de la administración legislativa, un asesor, un técnico y dos asistentes adicionales. Sería ideal que esos asesores, técnicos y asistentes, que pagaron por conservar sus puestos de trabajo y contratados por el asambleísta involucrado en actos de corrupción, tengan las pruebas y conserven en copias fotostáticas y soportes: depósitos bancarios, giros y transferencias, grabaciones efectuadas, facturas de consumos en restaurantes y compras en comisariatos y gasolineras, planillas, etc.
Roberto Flores