Información. La Fiscalía junto con policías acudieron al centro de salud para indagar el caso de ‘Merci’.

El aborto, una decision que puede terminar en la carcel

No se sabe con certeza qué la motivó a interrumpir el embarazo. Lo único cierto es que, tras el hecho, ‘Merci’ podría enfrentar un juicio que la llevaría hasta la cárcel por haber abortado al fruto de su amor.

No se sabe con certeza qué la motivó a interrumpir el embarazo. Lo único cierto es que, tras el hecho, ‘Merci’ podría enfrentar un juicio que la llevaría hasta la cárcel por haber abortado al fruto de su amor.

Es la situación que encara ahora una mujer, quien -la mañana del lunes- llegó hasta el Centro de Salud del Cisne II, en el suroeste de Guayaquil, con intensos dolores abdominales. Tras la atención, se determinó que ella se había provocado un aborto, luego de consumir unas píldoras, la noche del domingo.

“En el momento que la estaban auscultando han encontrado las pastillas. Según ha manifestado ella, se ha tomado dos y cuatro se ha puesto allí (..)”, detalló el fiscal William Aguilar.

Con esos elementos, el funcionario dispuso que se realice el parte de aprehensión y, posteriormente, la audiencia de formulación de cargos.

¿A qué se podría enfrentar ‘Merci’? A una sanción de seis meses a dos años de cárcel, según el artículo 149 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), por configurarse en un delito de aborto consentido.

Según colectivos sociales, agrupados en Yosoy65.com, más de 170 mujeres han sido enjuiciadas en Ecuador, por haber abortado.

“La Constitución protege a la vida desde el momento de la concepción, es un derecho constitucional”, explica el fiscal de Personas y Garantías del Guayas, César Peña.

Sin embargo, el funcionario aclara que solo en casos autorizados por un médico o un juez, se puede practicar un aborto. Esto es, si peligra la vida o salud de la embarazada; o, por violación a una mujer con discapacidad mental.

La sanción no solo se aplicaría a la mujer. Una vez que se inicia la investigación fiscal y se determina que la interrupción del embarazo fue consentido no solo por ella, sino por la pareja y, además, hubo la participación de médicos, todos podrían ser procesados y enfrentar la pena, según las circunstancias (ver nota adjunta).

Pero la Fiscalía no solo interviene cuando se ha consumado el delito. Peña ha abierto una indagación por una supuesta tentativa de aborto, en contra de una mujer que presuntamente le ha pedido a su esposo le pague la interrupción de dos meses de embarazo. Algo en lo que él no está de acuerdo y decidió llevar el caso a la justicia.

Los tipos de aborto en el código Penal

Con muerte

Art. 147. Cuando los medios empleados con el fin de hacer abortar a una mujer causen la muerte de esta, la persona que los haya aplicado o indicado con dicho fin será sancionada con 7 a 10 años de prisión, si la mujer ha consentido en el aborto; y, de 13 a 16 años, si ella no lo ha consentido.

No consentido

Art. 148.- La persona que haga abortar a una mujer que no ha consentido en ello será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años. Si los medios empleados no han tenido efecto, se sancionará como tentativa. El caso de aborto consentido, la sanción es de uno a tres años de cárcel.

No punible

Art. 150.- No será punible el aborto practicado por un médico... que cuente con el consentimiento de la mujer o de su cónyuge, pareja, familiares íntimos o su representante legal... para evitar un peligro para su vida o salud; y si el embarazo es consecuencia de una violación a una mujer con discapacidad mental.