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Diario Expreso Ecuador

Elecciones seccionales 2026

Suspensión provisional de Amigo: ¿Qué viene después de la decisión del TCE?

Resolución del juez Patricio Maldonado establece plazo para que el CNE haga efectiva la suspensión en el registro permanente de organizaciones políticas

El CNE deberá notificar al TCE el cumplimiento de la resolución respecto al movimiento Amigo.

El CNE deberá notificar al TCE el cumplimiento de la resolución respecto al movimiento Amigo.Cortesía: CNE.

Daniel Alejandro Romero Páez

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El Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá ejecutar la medida de suspensión emitida por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) en contra del Movimiento Acción Movilizadora Independiente Generando Oportunidades (AMIGO).

En la resolución adoptada por el juez electoral Juan Patricio Maldonado se dispone oficiar al CNE para que, en el ámbito de sus competencias, tome razón de la medida y adopte las actuaciones administrativas necesarias para su ejecución.

Para ese fin, la resolución del TCE concede un plazo de tres días para hacer efectiva la suspensión de la organización política. 

El movimiento AMIGO mantenía un acuerdo para acoger a los candidatos del correísmo de cara a las seccionales 2026

El movimiento AMIGO mantenía un acuerdo para acoger a los candidatos del correísmo de cara a las seccionales 2026REVOLUCION CIUDADANA

Cabe recordar que el organismo electoral es el encargado del registro permanente de organizaciones políticas. En ese listado, por ejemplo, Revolución Ciudadana consta actualmente como movimiento suspendido.

Además, el CNE está obligado a informar al TCE sobre el cumplimiento de la resolución adoptada.

¿Qué pasó con el movimiento AMIGO?

El juez Juan Patricio Maldonado admitió a trámite una denuncia presentada por el fiscal general del Estado, Carlos Leonardo Alarcón. La acción se sustenta en un procedimiento catalogado como reservado.

La resolución del TCE señala: “de lo analizado se dispone como medida la suspensión provisional por el plazo de nueve (9) meses de la organización política Movimiento AMIGO en el registro permanente de organizaciones políticas”.

Sobre el rol del CNE, el excandidato presidencial del correísmo Andrés Arauz escribió en su cuenta de X: “Ahora le corresponde a los cinco consejeros del CNE decidir administrativamente si excluyen a AMIGO luego de que ya venció el plazo para excluir a organizaciones políticas”.

Dos causas para levantar la medida

En la decisión del TCE se establecen las circunstancias bajo las cuales podría levantarse la suspensión del movimiento AMIGO:

  • Que la Fiscalía General del Estado comunique formalmente el retiro del pedido o manifieste que ya no sostiene la solicitud.
  • Que se acredite que la investigación fiscal que sustenta el pedido ha concluido, ha sido archivada o ha cesado por decisión fiscal o judicial competente.
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