Seccionales 2026
Marcos Zambrano queda habilitado para la Prefectura de Manabí tras decisión electoral
La Junta Provincial Electoral de Manabí negó la impugnación y calificó la candidatura de Marcos Zambrano, candidato de ADN a la Prefectura

Marcos Zambrano quedó habilitado para la contienda electoral por la Prefectura de Manabí
Esto debes saber
- La Junta Provincial Electoral de Manabí negó la impugnación presentada por Ulises Carofilis
- La licencia sin remuneración de Zambrano fue considerada dentro del análisis jurídico.
- Marcos Zambrano y Hellen Mieles fueron calificados como candidatos a prefecto y viceprefecta de Manabí.
La Junta Provincial Electoral de Manabí negó la impugnación presentada contra la candidatura de Marcos Tulio Zambrano Zambrano y resolvió calificar su postulación a la Prefectura de Manabí, junto con Hellen Mieles Cedeño como candidata a viceprefecta.
La impugnación fue presentada por Ulises Carofilis Moreira, del movimiento político Decide, quien cuestionó la candidatura de Zambrano bajo el argumento de que no habría renunciado a su cargo como rector de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí (Uleam), institución pública.
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La Junta Provincial Electoral analizó los argumentos de las partes, la documentación presentada y el acervo probatorio para determinar si Zambrano estaba obligado a renunciar al rectorado antes de participar en el proceso electoral.
El debate se centró en la obligación de renunciar
Según sustenta la resolución de la Junta Provincial Electoral de Manabí, “el punto de debate se centraba sobre la obligación o no de renunciar al cargo de Rector de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí del candidato Marcos Tulio Zambrano Zambrano.
Para resolver este punto, el organismo electoral tomó como referencia la Constitución del Ecuador, la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP), la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) y el Reglamento de Carrera y Escalafón del Personal Académico del Sistema de Educación Superior.
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Lo que establece la Constitución
La Constitución del Ecuador, en su artículo 113, numeral 6, establece que no podrán participar en procesos de elección las servidoras y servidores públicos de libre nombramiento y remoción, y los de período fijo, salvo que hayan renunciado con anterioridad a la fecha de inscripción de su candidatura.
La misma disposición constitucional establece que las demás servidoras o servidores públicos y los docentes podrán candidatizarse y gozarán de licencia sin sueldo desde la fecha de inscripción de sus candidaturas hasta el día siguiente de las elecciones y, de ser elegidos, mientras ejerzan sus funciones.
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Esta disposición fue uno de los elementos centrales para determinar si Marcos Zambrano debía renunciar a su cargo de rector o podía acogerse a una licencia sin remuneración.
La licencia concedida por la Uleam
En este caso, la Uleam concedió a Marcos Tulio Zambrano Zambrano una licencia sin remuneración desde el 12 de agosto hasta el 30 de noviembre de 2026.
La resolución establece, además, que durante ese período la Dra. Jackeline Rosalía Terranova subrogará el rectorado de la Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí. La Junta Provincial Electoral tomó en cuenta esta documentación dentro del análisis de la impugnación y de la situación jurídica del candidato.