CONTRIBUYENTES DEL SRI
El SRI recategoriza a los contribuyentes Rimpe desde julio: ¿qué significa?
El SRI inició la recategorización de contribuyentes del régimen Rimpe, modificando sus obligaciones tributarias según el crecimiento de sus ingresos

Los contribuyentes RIMPE son recategorizaciones por el SRI.
El Servicio de Rentas Internas (SRI) informó que, a partir del 1 de julio, inició la recategorización de sus contribuyentes del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe).
De acuerdo con el comunicado, lo que está realizando la entidad tributaria es, por ejemplo, establecer que un contribuyente Rimpe Negocio Popular ahora pase a ser Rimpe Emprendedor.
Esto significa que la obligación tributaria de quienes son recategorizados cambia, ya que en el régimen Rimpe existen estas dos categorías principales, y cada una tiene una forma distinta de pagar el Impuesto a la Renta (IR).
Rimpe Negocio Popular
El Rimpe Negocio Popular corresponde a personas naturales con ingresos brutos anuales de hasta $20.000. Para ellos, el pago del IR va de $0 a un máximo de $60. Generalmente en esta categoría entran las tiendas de barrio, salones de uñas o bazares.
Los negocios populares presentan una declaración anual del Impuesto a la Renta. Además, mientras mantengan esa categoría, no presentan declaraciones de IVA por las actividades comprendidas en este régimen, ya que la cuota fija incorpora ese componente.
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Rimpe Emprendedor
En cambio, el régimen Rimpe Emprendedor aplica a contribuyentes con ingresos brutos superiores a $20.000 y hasta $300.000 anuales. En este caso, el impuesto no es una cuota fija, sino que se calcula con una tabla progresiva.
Si un Rimpe Emprendedor pasa de los $20.000 al año, deberá pagar $60 más el 1 % sobre el excedente de la cantidad base. Así, su impuesto a pagar por IR irá desde un mínimo de $60 a más de $3.000 al año.
Por ejemplo, si un emprendedor factura $30.000 al año, pagará $160 de Impuesto a la Renta ($60 de base más el 1 % sobre los $10.000 que exceden los $20.000).
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También son recategorizados a régimen general
Además de los Rimpe, el SRI indica que también inició el traslado de contribuyentes Rimpe al régimen general.
Asimismo, con este traspaso, los contribuyentes dejan de tener un esquema simplificado y pasan a cumplir las obligaciones tributarias ordinarias. Esto implica más declaraciones, un cálculo diferente de los impuestos y mayores obligaciones contables. En general, el pago de más impuestos.
En primer lugar, deberá declarar y pagar el IVA de acuerdo con la actividad que realice. Si sus bienes o servicios están gravados con IVA, deberá cobrar ese impuesto a sus clientes, emitir las facturas correspondientes y presentar declaraciones periódicas al SRI.
En segundo lugar, el Impuesto a la Renta dejará de calcularse con la tabla simplificada del Rimpe. En el régimen general pagará el impuesto sobre la utilidad o renta imponible, es decir, sobre los ingresos menos los gastos deducibles permitidos por la ley.