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Diario Expreso Ecuador

DECLARACIÓN DE IMPUESTOS

Cómo declarar el IVA con los nuevos cambios de junio: guía práctica para evitar multas del SRI

Declarar el IVA sin pagar el impuesto ya no es una opción. El SRI cambió las reglas a partir de junio, que conllevarían multas de no cumplirse

Desde este mes de junio cambiaron las reglas de juego en la declaración de impuestos.

Desde este mes de junio cambiaron las reglas de juego en la declaración de impuestos.SRI

Vanessa López
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Desde el 1 de junio de 2026, el Servicio de Rentas Internas (SRI) implementó un cambio clave: la declaración del IVA solo es válida si se paga al mismo tiempo. Es decir, si el contribuyente declara sus impuestos, pero no hace el pago, el sistema considera que no cumplió con la obligación tributaria.

La resolución emitida por el SRI, que reforma las normas para la declaración y pago de obligaciones tributarias a través de internet, busca reducir los niveles de mora entre los contribuyentes y agilitar la recaudación fiscal, según ha informado la entidad.

¿Cómo hacer la declaración y el pago a la vez?

Los pasos son los siguientes:

  • Ingresa al SRI en línea con tu número de RUC y clave
  • Selecciona “Declaraciones”, elige la opción “IVA” y el período según tu calendario (noveno dígito del RUC)
  • Debes llenar el formulario de IVA que incluye ventas, compras, IVA generado y crédito tributario (si aplica)
  • El sistema calcula automáticamente el IVA a pagar que deberás cancelar en ese mismo momento

¿Qué pasa si no declaras ni pagas IVA?

De no cumplir con esta obligación tributaria, el SRI podría imponer multas de hasta el 3 % del valor a pagar por cada mes o fracción de retraso, y en caso de que no haya impuestos a pagar, cobrará desde el 0,1 % de ingresos brutos por mes, sin superar el 5 %.

La resolución contempla excepciones

No estarán sujetos temporalmente a esta disposición los contribuyentes que formen parte del sistema de compensación fiscal administrado por el Ministerio de Economía y Finanzas. Tampoco se aplicará, por el momento, a los exportadores de bienes y a los proveedores directos de exportadores de bienes que consten con estado "Activo" en el Catastro de Exportadores y Proveedores de Exportadores del Sistema de Devolución de IVA (SDII).

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