
El SRI cobrara a las empresas si no localiza a los accionistas
El Gobierno destaca los incentivos tributarios, como la devolución del IVA pagado por quienes compren con tarjetas de crédito, débito y dinero electrónico. Ellos pagarán entre 1 y 4 puntos menos. Ayer, el SRI efectuó un recorrido para evangelizar a un
Al escarbar más la neonata Ley de Solidaridad, más inquietudes de los empresarios salen a la luz. Una tiene que ver con el impuesto al patrimonio o a los derechos representativos de capital, en su orden, para las personas o sociedades no residentes en el país.
La desazón ahora está en el hecho de que si el tenedor de derechos, como acciones o participaciones, en empresas en Ecuador no es localizable, serán estas las que asuman sus deudas tributarias y paguen al SRI. Luego les tocará la titánica labor de dar con los contribuyentes para arreglar cuentas. El problema es que no siempre es fácil ubicarlos. Viven afuera.
Cabría preguntarse: ¿qué sucede cuando el tenedor del título es por un endoso de acciones abiertas o anónimas? Fue el planteamiento de Armando Serrano, un jurista experto en derecho tributario y aduanero, quien analizó ayer la norma ante decenas de industriales guayaquileños.
Luis Alberto Salvador, secretario de la Federación Nacional de Cámaras de Industrias de Ecuador y vinculado al sector de transporte, estuvo entre los que alzaron la mano para exponer sus dudas... razonables. “Si son acciones que se han venido transando en bolsa, entonces encontrar a su tenedor final será muy difícil, la única manera que tendrá el empresario es descontar de las utilidades futuras. ¿Estoy entendiendo bien?”, cuestionó.
Serrano contestó que no es tan fácil dilucidar las dudas que despierta la ley, pues “son terribles”. Es que, detalló, las acciones que se transan en bolsa y no tienen un titular conocido, y que son sujetas al pago de ese tributo, serán, efectivamente, cobradas a través de esa figura que se ha creado: el sustituto. Esto es, la empresa deberá asumir como deudora “sustituta” por los accionistas no residentes y no localizados por el SRI.
Los empresarios esperan que el reglamento, que saben que se elabora en estos momentos, resuelva las dudas o por lo menos suavice en algo una norma que se lanzó en un momento económico complicado. Francisco Alarcón, presidente de la Cámara de Industrias de Guayaquil (CIG), incluso ratificó una propuesta: “Obras por Impuestos”. Que en lugar de incrementar los tributos o sus tarifas se permita que el sector privado, aquellos que cuenten con la liquidez, construya obra pública que luego sea descontada de los impuestos. Es como un crédito tributario, dijo a EXPRESO.
Pero hasta tanto, les asalta otra inquietud: la declaración patrimonial. Cuando el SRI detecte que algún contribuyente no cumplió con esa obligación, notificará una liquidación presuntiva, en base a declaraciones previas. Es una orden de pago.