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La ley del aborto entra en vigencia con los cambios del presidente Guillermo Lasso

La norma fue publicada este viernes por el Registro Oficial, justo un día después de que se cumpliera el primer aniversario de la sentencia de la Corte Constitucional que despenalizaba el aborto para casos de violación

Guillermo Lasso
El presidente Guillermo Lasso vetó 61 de los 63 artículos de la ley. Sus cambios ahora entran en vigencia.EFE

La ley que regula el aborto en casos de violación en Ecuador entró en vigor este viernes 29 de abril de 2022 con el veto parcial que le impuso el presidente Guillermo Lasso, quien introdujo una serie de cambios que han provocado malestar y disconformidad en las organizaciones feministas que lograron su despenalización.

Fotografía de archivo fechada el 28 de septiembre de 2020 que muestra a cientos de mujeres mientras marchan con motivo del Día de Acción Global por el acceso al Aborto Legal y Seguro, en Quito (Ecuador).

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La norma fue publicada este viernes por el Registro Oficial, justo un día después de que se cumpliera el primer aniversario de la sentencia de la Corte Constitucional que despenalizaba el aborto para casos de violación y ordenaba elaborar una ley que regulase este procedimiento.

Lasso prometió respetar el fallo de la Corte Constitucional pese a que se considera un "defensor de la vida desde la concepción hasta la muerte", pero modificó el texto original aprobado por la Asamblea Nacional al considerar que iba más allá de los términos de la sentencia.

Así, el jefe de Estado cambió 61 de los 63 artículos aprobados inicialmente por el Legislativo, que si bien luego tenía la posibilidad de ratificar el texto original, dejó pasar el plazo para hacerlo, de modo que la ley que salió publicada fue la versión del mandatario.

Entre los cambios más sustancias introducidos por Lasso está considerar el aborto en casos de violación como una excepción a penalización de la interrupción del embarazo y no como un derecho de las mujeres.

Asimismo, estableció el plazo de acceso al aborto en casos de violación en las primeras 12 semanas de gestación para todas las mujeres y eliminó la excepción de 18 semanas que existía en el texto original para niñas, adolescentes, indígenas y mujeres del área rural.

También estableció una serie de requisitos, entre ellos la obligación de la solicitante de presentar una denuncia por violación, una declaración jurada o los resultados de un examen médico que atestigüen que ha existido la agresión sexual.

Asimismo, el mandatario desarrolló el capítulo de la objeción de conciencia para dar la libertad a los médicos de negarse a practicar el procedimiento si va en contra de sus convicciones e introdujo el concepto del "infanticidio", una figura que no está contemplada como un delito específico en el código penal ecuatoriano.

La publicación de la ley ya arranca reacciones. Una de ellas fue la de Alejandro Jaramillo, presidente de la Comisión de Justicia, mesa que debatió el proyecto de ley y redactó los informe que fueron conocidos por el pleno de la Asamblea Nacional. 

Desde las organizaciones feministas, como la Fundación Desafío, promotoras de la demanda que dio pie a la despenalización por parte de la Corte Constitucional, ya han anunciado que interpondrán recursos contra esta norma.

Estos colectivos ya han anunciado la presentación ante la misma Corte Constitucional de recursos de inconstitucionalidad y de incumplimiento de la sentencia al entender que la ley supone una serie de obstáculos para el acceso a la interrupción del embarazo y va en contra de la Constitución.

Ya anunciamos que esta ley no va a estar vigente mucho tiempo, porque vamos a luchar para que cambie y responda realmente al espíritu de la sentencia.

Virginia Gómez De la Torre, directora ejecutiva de la Fundación Desafío.
Debate en el pleno de la Asamblea

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Desde que salió la sentencia de la Corte Constitucional hay al menos 25 mujeres que solicitaron interrumpir sus embarazos producto de violación, y hasta ahora 19 lo consiguieron y 4 desistieron, según datos del Ministerio de Salud Pública, aunque en tres casos el personal de salud se negó inicialmente a practicar el aborto.

Entre las solicitudes realizadas en la segunda mitad de 2021, doce eran niñas entre 10 y 14 años, tres adolescentes de entre 15 y 19 años, tres de mujeres entre 20 y 29 años y dos de más de 30 años.