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Diario Expreso Ecuador

¿Qué impuestos serán condonados bajo el Decreto 551 y quiénes califican?

Con la Ley de Alivio Financiero se establecen nuevos perdones tributarios. Eso es lo que debe saber

La Ley de Alivio Financiero establece condonación para ciertos impuestos.

La Ley de Alivio Financiero establece condonación para ciertos impuestos.Pixabay.

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El reglamento a la Ley de Alivio Financiero, emitido el 3 de marzo de 2025 por el presidente Daniel Noboa, establece la condonación de obligaciones tributarias para los contribuyentes que formaron parte del segmento RIMPE – Negocio Popular.

(Le invitamos a leer también: Esto es lo que dice el Decreto 551 sobre condonación de deudas y créditos educativos)

Esta medida busca brindar alivio a los contribuyentes que operan en el segmento RIMPE, facilitando la regularización de sus obligaciones fiscales y contribuyendo al fortalecimiento económico en el marco de la política de alivio financiero. La medida tiene las siguientes características:

  • Extinción de obligaciones tributarias: El Servicio de Rentas Internas (SRI) registrará en sus bases de datos la extinción de las obligaciones relativas a la declaración y pago del impuesto a la renta de los ejercicios fiscales de 2022 y 2023. Este registro se realizará incluso cuando el contribuyente tenga actividades que, según el catastro, se consideran excluyentes.
  • Determinación para contribuyentes bajo el régimen general: Si se comprueba que un contribuyente debía aplicar las reglas del régimen general y no las del RIMPE, se efectuará la determinación correspondiente dentro de los plazos de caducidad establecidos en la normativa vigente.
  • Aplicación a sanciones: La condonación incluye, además, las sanciones accesorias a la obligación tributaria y las sanciones pecuniarias derivadas de la omisión en la declaración del impuesto a la renta de aquellos que integraron el segmento RIMPE durante los ejercicios fiscales 2022 y 2023.
  • Límites para la condonación: Para proceder con la extinción de obligaciones tributarias se considerará el valor total de los tributos, intereses y multas que se encuentren en mora de pago por un año o más al momento de la entrada en vigor de la ley. La condonación aplicará siempre que este total no supere un salario básico unificado del trabajador en general y se haya verificado que la administración tributaria había iniciado acciones de cobro o medidas coactivas sobre dichos montos.

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