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Diario Expreso Ecuador

Asamblea nacional Ecuador

Reformas a la Ley de Tránsito se definen en el Pleno: así se suspenderían competencias a municipios

El proyecto de ley impulsado por el oficialismo plantea que la ANT emita informes y el Consejo Nacional de Competencias defina la suspensión

ADN necesita 77 votos en el Pleno de la Asamblea para aprobar las reformas a la Ley de Tránsito.

ADN necesita 77 votos en el Pleno de la Asamblea para aprobar las reformas a la Ley de Tránsito.Cortesía: Asamblea/ Flickr

Daniel Alejandro Romero Páez

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El oficialismo se alista para poner a prueba su mayoría con la aprobación de una de sus iniciativas. El 3 de septiembre de 2026, el Pleno de la Asamblea Nacional conocerá, en segundo y definitivo debate, las reformas a la Ley de Transporte y Seguridad Vial. Uno de sus puntos centrales tiene que ver con las competencias de los municipios en esta materia.

Después de que el informe fuera aprobado en la Comisión de Desarrollo Económico, controlada por el oficialismo, la presidenta de la Asamblea Nacional, Mishel Mancheno, convocó al Pleno para una sesión en modalidad presencial.

¿Qué pasará con las competencias en tránsito?

El proyecto de ley plantea que la Agencia Nacional de Tránsito realice informes técnicos sobre el ejercicio de las competencias de tránsito por parte de los gobiernos autónomos descentralizados (GAD).

Estos informes deberán ser remitidos al Consejo Nacional de Competencias. Esa entidad tendrá la potestad de autorizar la intervención “cuando se compruebe la existencia de los supuestos de hecho consagrados en el artículo 157 del Código Orgánico de Organización Territorial (Cootad)”.

El Cootad establece como causas para la intervención la omisión del ejercicio de una o más competencias o la prestación de uno o más servicios, así como la ineficacia en el ejercicio de la competencia o en la prestación del servicio.

La Comisión de Desarrollo Económico fue la encargada de elaborar los informes para el primer y segundo debate.

La Comisión de Desarrollo Económico fue la encargada de elaborar los informes para el primer y segundo debate.Cortesía: Asamblea/ Flickr

Así, el proyecto de reformas a la Ley de Tránsito establece que, en esos supuestos, “el Consejo Nacional de Competencias podrá suspender temporalmente el ejercicio de las competencias de tránsito y transporte terrestre conforme a la normativa aplicable”.

En caso de que la ley sea aprobada por el Pleno de la Asamblea y entre en vigencia tras el veto del Presidente de la República, la Disposición General Tercera establece un plazo de 180 días para la entrega de los informes.

Dichos informes técnicos deberán tomar en cuenta el cumplimiento de los estándares nacionales de regulación, control, seguridad vial y calidad del servicio establecidos en la normativa vigente.

El lunes pasado, Valentina Centeno (ADN), presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico, dijo que la ley combate al crimen organizado en los municipios. “Permite l suspensión de las competencias de los municipios corruptos que estén operando con el crimen organizado”.

Citó como ejemplo el tema de la matriculación o el mal uso de los radares. Recordó que, con base en información del Ministerio del Interior, hay municipios en los que el parque automotor tiene entre 8.000 y 10.000 vehículos, mientras que las matriculaciones llegan a 40.000.

El oficialismo necesita, al menos, 77 votos para aprobar las reformas. Hasta el momento, la mayoría que ADN maneja en la Asamblea permitiría contar con las voluntades necesarias.

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