Los crímenes de lesa humanidad

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Ecuador ratificó el tratado, sin embargo, muchos Estados, siempre con el cuento de que se afecta su soberanía...

Tantos crímenes se han cometido en la humanidad que luego de la II Guerra Mundial se estableció el Estatuto del Tribunal de Núremberg, el 8 de agosto de 1945, el cual por primera vez define como crímenes contra la humanidad: el asesinato, exterminio, esclavitud, deportación y cualquier otro acto inhumano contra la población civil, o persecución con motivos religiosos, raciales o políticos, cuando dichos actos o persecuciones se hacen en conexión en cualquier crimen contra la paz o cualquier crimen de guerra.

¿A quién se sanciona? El fundamento desarrollado por el tribunal fue que los crímenes contra el Derecho Internacional son realizados por hombres, no por entidades abstractas; solo castigándolos pueden ser aplicadas las violaciones al Derecho Internacional. Ellos no pueden ser excluidos por la teoría de actos de soberanía, ni por un principio de orden jerárquico para librarse de las sanciones.

En NN. UU. existieron largas discusiones para legalizar un organismo penal internacional donde queden definitivamente establecidas las sanciones a los crímenes, para los cuales tenían que formularse procedimientos, y normas, con base a un instrumento internacional, debidamente aprobado por los Estados.

Con los trabajos realizados por la Comisión de Derecho Internacional, la Asamblea General de NN. UU. convocó a una conferencia diplomática de plenipotenciarios de NN. UU. sobre el establecimiento de una Corte Penal Internacional, la cual se efectuó en Roma donde tras interesantes debates jurídicos se adoptó el Estatuto de Roma, el 17 de julio de 1998.

Este estatuto fijó un alto cuórum para su entrada en vigencia (60 países). Sin embargo, el proceso fue sumamente rápido, partiendo por Senegal, hasta que 10 países en conjunto depositaron ante la Secretaría General de NN. UU. el instrumento de ratificación el 11 de abril de 2002. El estatuto entró en vigor el 1 de julio de 2002. Además de los 11 tipos de actos que se consideraron crímenes de lesa humanidad, similares a los tipificados en Núremberg, se consideraron el genocidio, los crímenes de guerra y de agresión, todos debidamente detallados en sus artículos.

Ecuador ratificó el tratado, sin embargo, muchos Estados, siempre con el cuento de que se afecta su soberanía, se han negado a ratificarlo, quedando un vacío muy grave, ya que sus dirigentes violan el estatuto y quedan libres de sanción internacional, pese a los atroces crímenes que cometen y seguirán cometiendo, sobre todo en ataques a otros países, sabiendo que no podrán ser juzgados, como el caso actual de Rusia, Israel, EE. UU, China y otros más, que violan los derechos humanos a diario.