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Siete

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Que la economía del Ecuador se mueve a través de la agricultura e industria, las cuales requieren acceso al agua y de buena calidad; así como la salud de los ecuatorianos depende del agua, entre otras cosas’.

Entre el año 2021 y 2022 se declararon inconstitucionales varias normas legales que regulaban la administración del recurso agua: la mismísima Ley Orgánica de Recursos Hídricos y su Reglamento en enero del 2022, y el Instructivo para la conformación, de las Juntas Administradoras de Agua, Riego y Drenaje en el 2021. Como dice la Corte Constitucional en sus decisiones, el derecho “al agua se le reconoce tanto como un derecho, así como un recurso estratégico, sin perjuicio de los derechos que la misma Constitución reconoce a la naturaleza”. De ahí que corresponda un reconocimiento constitucional específico.

Las declaraciones de inconstitucionalidad relacionadas al recurso agua se basan en la falta de participación efectiva a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas. Sin una ley específica para el recurso agua, el Gobierno trata de suplir a través de la consulta popular, y no esperar el año o dos -o nunca- a que se apruebe una nueva ley de recursos hídricos; parecería válida la pregunta siete: ¿Está usted de acuerdo con que se incorpore un subsistema de protección hídrica al Sistema Nacional de Áreas Protegidas?

Para los ecuatorianos hablar del Sistema Nacional de Áreas Protegidas es muchas veces utópico, ajeno a su realidad, a sus preocupaciones, que como vemos en varias encuestas del ambiente social en Ecuador son la violencia, desempleo, corrupción, temas que preocupan sobremanera. Pero, ¿qué relevancia tendría entonces esta pregunta tan “sosa” a primera vista? Que la economía del Ecuador se mueve a través de la agricultura e industria, las cuales requieren acceso al agua y de buena calidad; así como la salud de los ecuatorianos depende del agua, entre otras cosas. En resumen, el desarrollo social y económico dependen del agua, y bueno, el ambiental también, ya que sin agua tampoco existiría la rica biodiversidad del Ecuador (somos uno de los 10 países más megadiversos del mundo). Este recurso que parecería gratis, alguien debe conservarlo adecuadamente para que decante un desarrollo adecuado, y el Estado a través del Gobierno Central lo asume constitucional y legalmente. Sin embargo, el mismo Gobierno se da cuenta de que necesita rescatar una protección hídrica adecuada. Si no las actividades, como por ejemplo minera, hidrocarburífera, forestal e incluso la agroindustria informal se ven aupados en seguir en su comportamiento ni ético, ni solidario, ni responsable y que desde el 2000 son conductas de tipo penal ambiental. Se declaran áreas protegidas para preservar espacios de conservación la conectividad entre ecosistemas, mantener la dinámica hidrológica, e incluso se puede limitar el derecho de uso y goce de las propiedades que están dentro de estas áreas. Y la idea es que existan áreas de protección hídrica que puedan ser participativas, accedan a financiamiento y mantengan la vida.

Ya existen 16 áreas de protección hídrica, la más grande está ubicada en Carchi, con más de 30 mil hectáreas. Todas requieren que a falta de ley sean amparadas en la Constitución. El único “pero” son los plazos largos para que la Asamblea y el Ministerio hagan su parte normativa, 835 y 60 días respectivamente. Entonces, ¿votaría SÍ o NO a la siete?