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Grupos feministas llegaron hasta los exteriores de la Corte Constitucional en Quito.EXPRESO

La Corte Constitucional despenaliza el aborto por violación

Grupos feministas llegaron hasta los exteriores de la sede en Quito mientras el pleno analizaba la inconstitucionalidad del numeral 2 del artículo 150 del COIP

Tras la negativa del Gobierno y de la Asamblea de aprobar artículos que despenalicen el aborto en casos de una violación, la Corte Constitucional decidió este 28 de abril, con 7 votos a favor y dos en contra, declarar la inconstitucionalidad del numeral 2 del artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

En el numeral de este artículo del Código Penal se señala que el aborto no será punible si el embarazo es consecuencia de una violación en una mujer que padezca de discapacidad mental, lo que, según los jueces de la Corte es discriminatorio para el resto de mujeres que no sufren esta discapacidad y que han sido víctimas de violencia sexual. Además, consideraron que va en contra del derecho que reconoce y garantiza a las personas tomar decisiones libres, responsables e informadas sobre la salud y vida reproductiva y a decidir cuándo y cuántas hijas e hijos tener, según lo estipulado en el artículo 66 de la Constitución.

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La Corte decidió que la frase “en una mujer que padezca de discapacidad mental” era inconstitucional y dio paso a que cualquier mujer o niña que haya sido violada pueda acceder a un aborto sin ser criminalizada.

Según el último informe de la Fundación Desafío, que fue uno de los organismos que presentó la solicitud de inconstitucionalidad que resolvió la Corte, 13.969 mujeres fueron violadas en los últimos 3 años. Un promedio de 11 violaciones por día. De esa cifra, 718 víctimas eran niñas de menos de 10 años.

Datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) señalan, además, que 1.816 niñas de 10 a 14 años dieron a luz en 2019, lo que representa a cinco partos fruto de violación por día. La cifra sube a 51.711 con partos adolescentes hasta los 19 años.

Una investigación de Surkuna, otra de las organizaciones de mujeres que presentó la solicitud ante la Corte, señala que al menos 250 mujeres han sido judicializadas tras solicitar atención por abortos en curso y/o partos prematuros, bajo la sospecha de aborto provocado. “El 100 % de estas mujeres son pobres y menores de 20 años”, se señala en el documento.

El constitucionalista André Benavides dijo que espera que la Corte no se lave las manos y descargue toda la responsabilidad de la regulación en el Legislativo, sino que defina en su fallo si las mujeres y niñas violadas, por ejemplo, ya pueden acceder a un aborto en el sistema de salud y si los médicos pueden acogerse a la objeción de conciencia para no atender a las víctimas.

“Es cierto que la Corte como tal no puede legislar de manera discrecional y bajo un contexto político, como pasa en la Asamblea, pero tampoco puede declarar la inconstitucionalidad del numeral 2 y generar un vacío normativo que finalmente no permita aplicar este fallo”, explica

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Aunque el pleno no se ha pronunciado oficialmente, este Diario pudo conocer que en el fallo se solicita a la Asamblea Nacional que cree un marco legal que regule cómo las mujeres y niñas víctimas de violación pueden acceder a un aborto. Sin embargo, esto no impide que la despenalización sea ya una realidad.

En los exteriores de la sede de la Corte, grupos feministas llegaron desde temprano para hacer un plantón mientras los jueces analizaban la constitucionalidad del artículo. Una vez conocido el fallo, lo catalogaron como "histórico". Grupos denominados "provida" también hicieron varios plantones en diversas ciudades del país.

"La lucha de cada una de ustedes hoy ha dado fruto, no podemos dejar las calles. Los jueces han dado luz verde a la despenalización del aborto. Debemos mantenernos vigilantes para que las resoluciones sean llevadas a la Asamblea Nacional", dijo una de las manifestantes tras conocer extraoficialmente la decisión de los jueces.

En noviembre de 2019, la Corte Constitucional informó que había dado trámite a una demanda de inconstitucionalidad del artículo 150 del COIP y un año después, organizaciones de Derechos Humanos como Surkuna y Fundación Desafío presentaron otra demanda en la que se exigía que se remueva del Código Penal el inciso dos del artículo 150.