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Horas antes de dar a conocer su decisión sobre este proyecto de ley, el mandatario estuvo en el Ministerio del Ambiente hablando de conservación.Cortesía

Las observaciones del presidente Guillermo Lasso a la Ley de Interrupción del Embarazo por Violación

Aunque el veto es parcial, el mandatario hace recomendaciones a casi toda la normativa. La Asamblea tiene 30 días para pronunciarse

El presidente Guillermo Lasso vetó parcialmente, este 15 de marzo de 2022, la Ley Orgánica para Garantizar el Derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo en Caso de Violación.

El mandatario introdujo 61 observaciones a una norma con 63 artículos. Estas son las que destacan:

  • De entrada, propone cambiarle el título y reemplazar la palabra “garantizar” por regular que es el término que usó la Corte Constitucional cuando dispuso que se cree la normativa: “Ley Orgánica para regular la Interrupción Voluntaria del Embarazo en Caso de Violación”.

  • También, eliminar todas las referencias que se hacen del aborto por violación como un derecho, porque considera que es una excepción.

  • El presidente añadió la observación de que se unifiquen los plazos para acceder al aborto por violación tanto para el sector urbano como el rural en 12 semanas. La Asamblea planteaba que sean hasta las 18 semanas para las mujeres de la ruralidad.
GUILLERMO LASSO

Guillermo Lasso veta parcialmente la ley que interrumpe el embarazo en casos de violación

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  • El presidente establece que se cumpla, al menos, uno de tres requisitos previos para practicar el aborto voluntario: denuncia de la víctima o persona que conociere del delito; declaración juramentada de la mujer mayor de edad o de su representante legal para menores de edad; examen del médico tratante o legista que bajo juramento certifique que hubo indicios de violación. La Asamblea únicamente hablaba de expresar la voluntad de abortar en un formulario, dice el Gobierno.

  • El presidente también incluye varias observaciones y ajustes a la ley para garantizar la objeción de conciencia para los médicos y personal de salud.

  • Propone eliminar el artículo 48 que habla de la obligación del Estado de garantizar en los establecimientos de salud públicos y privados la presencia de personal no objetos de conciencia.

  • Modifica las multas que la Asamblea planteaba contra el personal de salud por diversos motivos y que iban desde 10 hasta 20 Salarios Básicos Unificados. Lasso los ubica entre cuatro y diez salarios la máxima sanción pecuniaria.

  • En las disposiciones reformatorias sugiere eliminar la palabra “libre” del texto aprobado por los legisladores que señalaba “Acceder a un proceso libre, seguro y digno, y a una atención de calidad, para interrumpir de manera voluntaria el embarazo en casos de violación”.

  • Propone la eliminación reformatoria novena porque reformaría el artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) al ampliar las circunstancias en las que el aborto no es punible.

Con estas observaciones, el proyecto de Ley retorna a la Asamblea Nacional que deberá decidir en 30 días si se mantiene en el texto original, aprobado el 17 de febrero pasado, o si acepta la propuesta del Ejecutivo.