Karina Arteaga y Luiggi García
La asambleísta Karina Artega (c) y su abogado Luggi García se defendió de las acusaciones de gestionar cargos públicosRhonny Rodríguez

Juez pide autorización para iniciar juicio contra la asambleísta Karina Arteaga

El requerimiento se presentó hoy, 18 de agosto de 2020 y recoge la solicitud de la Fiscal. La asambleísta está acusada del delito de concusión

Mediante providencia, el juez nacional (e) David Isaías Jacho Chicaiza, solicitó a la presidente de la Asamblea Nacional, César Litardo, que de trámite a la autorización previa respectiva para iniciar causa penal en contra de la asambleísta, Karina Cecilia Arteaga Muñoz, acusada del delito de concusión. En el escrito, con fecha 18 de agosto de 2020, se señala que este requerimiento se lo hace en base a la solicitud hecha por la Fiscal, Diana Salazar.

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En el documento enviado por el juez, y firmado por la secretaria Lucia de los Remedios Toledo Puebla, se hace constar lo que determina la Constitución en su artículo 128 que en su segundo inciso determina: “Para iniciar causa penal en contra de una asambleísta o de un asambleísta se requerirá autorización previa de la Asamblea Nacional, excepto en los casos que no se encuentren relacionados con el ejercicio de sus funciones. Si la solicitud de la jueza o juez competente en la que pide la autorización para el enjuiciamiento no se contesta en el plazo de treinta días, se entenderá concedida. Solo se les podrá privar de libertad en caso de delito flagrante o sentencia ejecutoriada. (…)”.

Bajo esta premisa, en la providencia el juez se señala: “Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por este órgano jurisdiccional, y por cuanto la señora Fiscal General del Estado doctora Diana Salazar Méndez, previo a la realización de la audiencia de formulación de cargos lo ha solicitado expresamente, en atención a las normas antes transcritas, remítase atento oficio a la Presidencia de la Asamblea Nacional de la República del Ecuador, a fin de que dicha función del Estado, emita la autorización previa respectiva para iniciar causa penal en contra de la señora Asambleísta KARINA CECILIA ARTEAGA MUÑOZ, portadora de la cédula de ciudadanía No. 1305291997, por el delito de concusión, tipificado en el artículo 281 del Código orgánico Integral Penal, para cuyo efecto se acompañará la petición efectuada por la señora Fiscal General del Estado y más documentación pertinente”.

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La asambleísta es acusada del presunto cobro de diezmos a sus colaboradores, las denuncias presentadas en contra de Arteaga, por parte de sus excolaboradoras:María Verónica Pinargote y Andrea Utreras, quienes interpusieron la denuncia del caso ante la Fiscalía. Denuncias que fueron recogidas por el asambleísta Fabricio Villamar quien acusa a Arteaga de diezmos y tráfico de influencias, a la Asamblea Nacional se conforme una Comisión Multipartidista para la investigación y proceder con lo que determina el artículo 164 de la Ley Orgánica d ella Función legislativa, que es el procedimiento para la destitución. Este requerimiento está paralizado desde febrero de 2020 en la Legislatura.