francisco jimenez
El ministro Jiménez calificó de injusta la sentencia de habeas corpus e indició que no quedará en la impunidad.HENRY LAPO

El Gobierno impugna la liberación del exvicepresidente Jorge Glas

El SNAI señala que el exvicepresidente no cumple con los requisitos de prelibertad del actual Código Integral Penal

El ministro de Gobierno, Francisco Jiménez, solicitó al director del Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (Snai), Pablo Ramírez Erazo, el agotamiento de todos los mecanismo de impugnación de la sentencia de habeas corpus que permitió la liberación del exvicepresidente de la República, Jorge Glas.

Además, Jiménez indica en su oficio que el SNAI deberá coordinar las acciones con la Procuraduría General del Estado y la Fiscalía para que las impugnaciones "coadyuven en el buen desarrollo de los procesos penales propuestos".

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Sin embargo, más temprano, la fiscal general del Estado, Diana Salazar, explicó que ante el habeas corpus concedido por el juez de Manglaralto, Diego Moscoso, la figura de prevaricato no es aplicable a los jueces que resuelven garantías constitucionales.

Además, recordó que esto lo dictaminó la Corte Constitucional en el 2011 y que, por ende, la Fiscalía no puede actuar.

Por su parte, el SNAI presentó el recurso de apelación solicitado por el ministro Jiménez. El documento está dirigido al juez Moscoso y explica que la sentencia de habeas corpus no ha sido notificada por escrito y que tampoco se han remitido las boletas de excarcelación.

Además, indica que la Unidad Judicial de Manglaralto en Santa Elena no era competente para procesar la acción constitucional en función que no se encontraba en el mismo territorio que Glas.

Asimismo, indica que para la procedencia del recurso se debe acreditar que el juez desconoce el lugar donde se encuentra la persona privada de libertas. Sin embargo, indica que "queda en evidencia" que Moscoso tenía conocimiento de aquello por ser un caso público.

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El SNAI también recuerda que Glas tiene dos sentencias ejecutoriadas más por asociación ilícita y soborno. Según la apelación del SNAI, esto provoca que la acción de habeas corpus sea improcedente por "identificarse la orden de detención ".

También hace hincapié en que la decisión del juez Moscoso no considera los beneficios de prelibertad señalados en el actual Código Integral Penal (COIP), sino con el anterior. En ese sentido, el SNAI indica que el habeas corpus concedido se enmarca en el actual régimen semiabierto, pero que el exvicepresidente no cumple con los requisitos del COIP vigente.

El sábado 9 de abril de 2022, el juez Moscoso aceptó el recurso de habeas corpus presentado por Glas que permitió la salida inmediata del exvicepresidente de la cárcel de Latacunga.