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Las medidas se endurecen para ocho provincias del país.archivo expreso

Lenín Moreno decreta el estado de excepción para 8 provincias del Ecuador

El Decreto 1282 avala un toque de queda en esas provincias, de 20:00 a 05:00, del 2 al 9 de abril

Es oficial. El presidente de la República, Lenín Moreno, ha anunciado la noche de este jueves 1 de abril del 2021, que ha firmado el Decreto 1282 declarando así el estado de excepción por 30 días en ocho provincias del país: Pichincha, Guayas, Manabí, Azuay, Loja, Santo Domingo, El Oro y Esmeraldas.

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La medida, que se tomó pocos minutos de dar inicio al feriado de Semana Santa, incluye un toque de queda del 2 al 9 de abril (desde las 20:00 hasta las 05:00), que rige en las provincias mencionadas.

“La pandemia no termina, debemos cuidarnos”, dijo el mandatario en su cuenta de Twitter. 

La declaratoria del estado de excepción y las medidas de restricción más severas fueron sugeridas este mismo jueves por el Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional, durante una rueda de prensa. Esto con el fin de evitar más contagios de covid-19.

Además, el COE nacional tiene la potestad de extender la medida de considerarla necesaria.
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El toque de queda previsto en el estado de excepción incluye la prohibición de circular en vías y espacios públicos en las provincias mencionadas en los términos que disponga el COE Nacional.

El decreto determina, además, que el alcance de la limitación del ejercicio del derecho a la libertad de asociación y reunión se realizará "únicamente con la finalidad de evitar reuniones y aglomeraciones que provocan un contagio acelerado".

Por esta razón, precisa un comunicado oficial del Gobierno, se prohíbe la realización de todos los eventos de afluencia y congregación masiva en las ocho provincias.

Asimismo se restringe la libertad de tránsito y movilidad en las ocho circunscripciones con la salvedad del personal de salud de la red pública y privada, servicios de emergencias y control, sectores estratégicos, exportador y su cadena logística, prestación de servicios básicos y recolección de desechos, proveedores de alimentos, incluida su comercialización y transporte.

Trabajadores relacionados con la industria de medicinas e insumos sanitarios, crianza y cuidado de animales, de medios de comunicación, plataformas de reparto, diplomáticos y organismos internacionales acreditados en el país y particulares en caso de emergencia debidamente justificada, también quedan exentos de la restricción de movilidad, entre otras actividades.

A lo largo de esta última semana, Guayaquil y Quito ya habían tomado nuevas medidas de restricción aunque solo contemplaban la movilidad de vehículos privados.