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La propuesta del Gobierno de identificar las llamadas surgió en noviembre de 2018.Reuters

Llamadas publicitarias o proselitistas podrán ser identificadas en cuatro meses

Desde bancos hasta empresas de turismo deberán registrar los números telefónicos de sus call centers

La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel) informó que expidió la Resolución No. ARCOTEL-2020-074 de 20 de febrero de 2020, que establece el procedimiento que permite la implementación de la política para la identificación de llamadas de venta directa, informativas, comerciales, publicitarias o proselitistas que se realicen en las plataformas de las operadoras de telefonía celular del país. 

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La normativa establece mecanismos y lineamientos que deben ser implementados en las plataformas de la telefonía móvil en un plazo de cuatro meses. Todo esto, con el objetivo de que las operadoras telefónicas y las personas naturales o jurídicas de todos los sectores puedan transparentar las llamadas que realicen. Mientras que los clientes podrán identificar dichas llamadas o exigir su derecho a no recibirlas.

Con la expedición de esta normativa, las llamadas con fines de venta directa, comercial, publicitaria o proselitista solo podrán efectuarse a quienes hayan dado su autorización previa y expresa. Cada empresa que desee realizar este tipo de llamadas, gestionará la autorización de sus clientes o usuarios.

Dentro delos parámetros planteados en la normativa, se establece que las operadoras telefónicas, personas naturales o jurídicas que realicen llamadas con fines de venta directa, comercial, publicitaria o proselitista deberán utilizar números previamente identificados. Para esto, generarán un número único, por sector, según el siguiente listado:

  • Bancos, Cooperativas, Tarjetas de Crédito y Seguros: Identificador “FINANZAS”

  • Actividad Turística, oferta de paquetes, viajes, aerolíneas y otros similares: Identificador: “TURISMO”.

  • Venta de productos varios (de uso personal, comida, libros, muebles, inmuebles y otros afines): Identificador: “VENTA”

  • Proselitismo: Identificador “PROSELITISMO”.

  • Operadores de telefonía celuluar: identificador: nombre de cada prestador del servicio, por ejemplo, "Claro" o "Movistar". 

Según el organismo de control, los números únicos podrán agrupar varios números provenientes de los call centers de las empresas o instituciones que pertenecen a cada sector. Estos deberán ser registrados en la Arcotel, para que la institución notifique a las operadoras de telefonía celuar y puedan realizar las acciones necesarias para la identificación de los números generados.

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En el caso de las empresas pertenecientes al sector “Finanzas”, deben remitir a la Arcotel, al término de 90 días a partir de la publicación de la Resolución en el Registro Oficial, el listado de números de sus call centers así como el número único con el que se gestionarán las llamadas comerciales, publicitarias o para venta directa. El resto de sectores tendrán un plazo de 120 días a partir de la publicación de la Resolución en el Registro Oficial. 

La propuesta de identificar llamadas surgió en noviembre de 2018 y en ese entonces el plazo para su implementación fue de cinco meses. 

Los usuarios podrán denunciar ante la Arcotel los números celulares que no se encuentren debidamente identificados. En caso de que los números reportados no consten en el registro serán suspendidos definitivamente por la operadora correspondiente.