Mono-chorongo
Caso. Estrellita convivió con humanos por 18 años y falleció en un zoológico luego de ser decomisada.CORTESÍA

La Corte Constitucional dispone la creación de una ley sobre los derechos de los animales

El Tribunal se pronunció sobre el caso de la mona chorongo 'Estrellita'

El 27 de enero de 2022, con siete votos a favor, la Corte Constitucional resolvió la acción de hábeas a favor de la mona chorongo que murió bajo el cuidado del Ministerio del Ambiente. Según la sentencia del Tribunal, se vulneró los derechos de la naturaleza.

Como medida de reparación, según informó la Corte, se dispuso que la Cartera de Ambiente, junto a la Defensoría del Pueblo, cree una regulación que guíen la protección de los animales silvestres en un plazo máximo de 60 días. Esto tendrá énfasis en "aquellos que serán objeto de decomisos, retenciones o restricciones a la libre locomoción animal".

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Además, dispuso que Ambiente emita una normativa que determine las condiciones mínimas que deben cumplir los tenedores y cuidadores de animales. Esto, tomando en consideración la valoración de dichos animales como sujetos de derechos intrínsecos.

Por otra parte, la Corte dispuso que la Defensoría del Pueblo elabore un proyecto de ley sobre los derechos de los animales. Esta deberá recoger los principios estipulados por la sentencia del Tribunal y tendrá un plazo máximo de seis meses. Además, la Asamblea Nacional tendrá que debatir y aprobar la ley en máximo dos años.

'Estrellita' fue retirada de su hábitat cuando tenía un mes de vida. Los 18 años siguientes, la mona usó ropa, utilizó cubiertos para comer y durmió en una cama. Sin embargo, en 2020, funcionarios púbicos la decomisaran para custodiarla en un Centro de Manejo autorizado. Un mes más tarde, la mona falleció en el zoológico que fue ubicada.

EL VOTO SALVADO

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La juez constitucional, Carmen Corral, explicó su desacuerdo con denominar el caso como "Mona Estrellita" ya que "supone una forma de reconocimiento al proceso de domesticación del cual fue víctima el animal". Además, señaló que "los animales no tienen derecho a la identidad".

Asimismo, indicó que "observa con mucha preocupación" que la mayoría de los jueces constitucionales no haya tomado en cuenta que la persona proponente de la acción de hábeas corpus "lo hace con la finalidad de perpetuar el cometimiento de un acto ilícito" y que implica restituir la tenencia de la mona.

A criterio de la jueza Corral, existió un "evidente abuso del derecho" al presentar una acción con el objetivo de eludir procedimientos administrativos y exigir la devolución de un animal silvestre.