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Consulta popular: Las preguntas son constitucionales

Las observaciones de la Corte están en los considerandos

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El presidente Guillermo Lasso promovió una consulta popular desde que estaba en campaña como candidato presidencial.GRANASA

La Corte Constitucional (CC) emitió dos sentencias de control de constitucionalidad:  4-22-RC/22A y 6-22-RC/22A, relacionadas a las propuestas de enmienda constitucional planteadas por el presidente de la República Guillermo Lasso, presentadas en septiembre y octubre pasado. 

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La Corte realizó el control previo de ocho preguntas de enmienda constitucional y sus considerandos introductorios. Sin embargo, la CC estimó declarar la inconstitucionalidad de frases dentro de considerandos puntuales que podrían afectar la plena libertad de los electores y cuya eliminación no afectaba la secuencia lógica de la correspondiente propuesta.

El juez Jhoel Escudero Soliz señaló que la pregunta 2 sobre la extradición y la pregunta 4 respecto de la reducción del número de asambleístas, no debieron superar el primer momento de control, mientras que las preguntas 7 sobre el subsistema de protección hídrica y 8 respecto de la compensación por servicios ambientales, no garantizan la libertad del elector ni cumplen con las cargas de claridad y lealtad.

Respecto de las preguntas, la Corte concluyó que cumplen los requisitos establecidos en la ley y garantizan la libertad de los electores, por lo que las declaró constitucionales.

 “Al determinar la constitucionalidad de las preguntas y de la mayoría de los considerandos introductorios, la Corte dispuso que se proceda conforme al proceso establecido en la Constitución y en la Ley Orgánica Electoral para los referéndums de modificación constitucional”.