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Asamblea aprobó la Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas

Con el voto favorable de Alianza PAIS, CREO y una parte del BADI y BIN. Los textos se enviarán al Ejecutivo para su sanción u objeción

sesión virtual d ela Asamblea
 Hoy sábado se cumplió la sesión virtual del pleno de la Asamblea donde se aprobó la Ley de Finanzas PúblicaslCortesia

A la segunda fue la vencida. El proyecto de Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas de iniciativa del Ejecutivo fue aprobado por una mayoría que se logró consolidar en las últimas horas al interior del Legislativo. La propuesta gubernamental obtuvo 72 votos a favor, 63 en contra y dos en blanco. Desde la oposición se habla de que fue un trámite ilegal.

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La sesión, que en principio estaba prevista para las 10:00, se aplazo para las 12:00 , e inició con la decisión del presidente del Parlamento, César Litardo, de dar la palabra a la asambleísta de Alianza PAIS, Ana Belén Marín, quien sostuvo que la Ley no es perfecta pero que es necesario que se apruebe con los cambios que se estaban haciendo, al tiempo de recordar que se eliminaron varios artículos para poder mantener la autonomía de los Gobiernos Autónomos Descentralizados y de la Seguridad Social. Además, que se quietó “los súper poderes” que se le entregaba al Ministro de Finanzas, las cuales se le entregaba en el proyecto original del Ejecutivo.

Sin embargo, dijo que aún se debía incluir más cambios, e hizo una propuesta para que se incluyan nuevos textos en el articulado a aprobarse. Propuesta que fue acogida por el vicepresidente de la Comisión de Régimen Económico, Franco Romero, quien reemplazo como ponente al legislador, Daniel Mendoza, quien se excusó la noche de ayer, tras los hechos que son de dominio público, y que involucran a su asesor en presuntos actos de corrupción.

Aclaró que los egresos permanentes se podrán financiar con ingresos no permanentes en las situaciones excepcionales que prevé la Constitución, para salud, educación y justicia, previa calificación de la situación excepcional, realizada por la o el Presidente de la República. Y por las máximas autoridades normativas de los Gobiernos Autónomos Descentralizados o de las entidades de la Seguridad Social; en el ámbito de su competencia. Y por los consejos directivos en el caso de las entidades de la seguridad social. Y por los máximos órganos de gobierno en el caso de las entidades territoriales..

Además, que los órganos con competencias normativas de las diferentes entidades de la Seguridad Social, en el plazo no mayor a seis meses a partir de la publicación de esta Ley, deberán revisar y actualizar, todas las resoluciones de los fondos de pensiones y salud que impliquen un aporte del Presupuesto General del Estado. Que la revisión estará destinada a precautelar la sostenibilidad financiera de cada fondo.

El Estado a través del Ministerio de Finanzas, continuará con la entrega permanente de la contribución que por ley corresponde para el financiamiento del pago de pensiones.

La revisión y actualización no desconocerá ni reducirá las contribuciones especiales que deba financiar el Estado para la Seguridad Social, así como tampoco implicará el establecimiento de aportes adicionales a estos. El Presupuesto General del Estado, para tal efecto contemplará partidas que tengan financiamiento identificado.

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Que se podrá suspender una o más reglas y/o metas fiscales establecidas en este título, por un período que no exceda de dos años fiscales, en los siguientes casos:
 Estados de excepción en el territorio nacional, de conformidad con el artículo 164 de la Constitución, que sean eventos significativos y que superen 1% del PIB conforme a lo establecido por Reglamento; y, por recesión económica grave que será definida mediante Reglamento. Esta disposición no afectará las asignaciones establecidas en la Constitución de la República.

En lo referente al Presupuesto General del Estado el ente rector de las finanzas públicas emitirá las directrices sobre los techos presupuestarios globales, institucionales y de gasto considerando las prioridades institucionales definidas, su alineación a los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo y la progresividad y garantía de derechos constitucionales. Para las entidades fuera del Presupuesto General del Estado, esta competencia le corresponderá al órgano que cada nivel de gobierno determine”

Con estos cambios de última hora, los asambleístas de Alianza PAIS, CREO, BADI e independientes y algunos del BIN votaron a favor de la moción de aprobación presentada por el legislador Franco Romero.

Las reacciones no se hicieron esperar. El Partido Social Cristiano (PSC), en un comunicado, aseguró que se hizo una defensa para evitar que un “enorme paquetazo de impuesto” cayera sobre los trabajadores, empresarios y ciudadanía. “Sin embargo, una alianza política, como la he defendido la ministra María Paula Romo, (integrada por PAIS, CREO y parte del BIN y el BADI), logró cambiar el criterio de algunos asambleístas, y violando, vergonzosamente los procedimientos y la Ley, poner en vigencia la llamada Ley de Ordenamiento de las Finanzas Públicas,

De su parte, el legislador, de la Revolución Ciudadana (RC), Juan Cristóbal Lloret, dijo a EXPRESO que se trasgredió la normativa legal para la aprobación, toda vez que se saltaron los procedimientos. “Lo que podían es colocar otra moción no nuevos textos. Hacen lo que les da la gana y no nos dieron la palabra”, dijo a este medio, a quien incluso envió fotos de las solicitudes de palabra que el presidente Litardo, no dio paso.

Pero también hubo quien defendió lo hecho. “La Asamblea en un ejercicio de responsabilidad para con el Ecuador ha aprobado las dos leyes del Ejecutivo, no son las mejores leyes, pero contienen aspectos muy positivos para el control de las finanzas públicas, ya no habrán la discrecionalidad que tenía el Ministro de Finanzas, no se podrá disponer arbitrariamente del petróleo, y entre otras cosas quiere decir, que al marguen de los insultadores, de los trolls que, continuamente, arengan en contra la Asamblea para buscar el descalabro social, y en un ejercicio democrático la Asamblea a cumplido con su rol. En los meses futuros se verá si estos cuerpos legales sirven para el imperativo de ayudar al empleo, de la salud y del ordenamiento d ellas finanzas públicas”, sostuvo Eliseo Azuero del BIN.

Una vez que el proyecto fue aprobado, el documento será enviado al Ejecutivo para su sanción u objeción. El presidente de la República, Lenin Moreno, tendrá 30 días de plazo para pronunciarse sobre si se allana a los textos aprobados por la Legislatura o si los objetas. En caso de que haya un veto parcial del Ejecutivo, la Asamblea tendrá 30 días para pronunciarse al respecto; para allanarse a lo que proponga en Gobierno necesita de 70 votos, mientras que para insistir en sus propuestas requiere de 90 votos afirmativos.