La exclusión de 41 empresas privadas de los procesos de contratación de seguros de las entidades públicas abona el camino no solo para una concentración de las primas en menos empresas, sino también para una reducción de su valor a niveles “antitécnicos y poco prudentes”.
La hipótesis no es solo del presidente de la Cámara de Compañías de Seguros, José Cucalón de Icaza, sino de otros representantes de la industria que prefirieron la reserva. Además del posible efecto en el mercado, existen reparos sobre la legalidad de la decisión del Gobierno de que todas las empresas del Estado contraten las pólizas con Seguros Sucre, del Grupo Financiero Banco del Pacífico.
El artículo 74 de la Ley General de Seguros es contundente: “para la contratación de seguros todas las instituciones y entidades del sector público se sujetarán a concurso de ofertas entre empresas de seguros establecidas y constituidas legalmente en el país”. Entonces, la adjudicación directa es ilegal. “Se está creando un monopolio para favorecer a una empresa (Sucre), que está sana y tiene muchos años de operación. Se perjudica a las demás compañías.
Allí hay una discriminación”, reflexiona Cucalón.
Lo ideal es someter a un proceso de contratación, a través de un concurso, cuestiona el analista José Véliz. “Todas las compañías interesadas en asegurar los bienes del Estado tienen derecho a participar”. Así es como debe darse en naciones democráticas y en mercados de libre competencia.
Dentro del total del mercado de seguros, el 40% corresponde a empresas públicas, según expertos. El año pasado las primas netas pagadas, sin contar con los 65,1 millones del SOAT, sumaron $ 818,6 millones, un 20% más que en el 2007. Cucalón cree que el presidente de la República, Rafael Correa, no estuvo suficientemente asesorado en la parte técnica y legal de lo que significaba para el mercado y para Sucre este nuevo proceso de contratación.
La solvencia
Aseguradores privados creen que Sucre no tiene la capacidad operativa ni patrimonial para soportar el volumen total de seguros del Estado, pues la Ley exige un margen de solvencia. Si en algún momento el patrimonio no sostiene lo asegurado, entonces hay un peligro para su solvencia.
Según la norma, las empresas no pueden asegurar -en captación de primas- más de seis veces su patrimonio. “Eso significa que Seguros Sucre incumpliría el margen de solvencia, lo que conllevaría al Banco del Pacífico a hacerle permanentes aumentos de capital”, advierte Cucalón.
A febrero de 2009, el patrimonio de Sucre fue de 10’495.225 dólares; sus activos estuvieron valorados en 22’765.265 dólares y sus pasivos en 11’650.629, según los balances de la Superintendencia y Seguros. Con el patrimonio que ha venido trabajando, la compañía ha sido rentable. A febrero su utilidad era 1’265.111 dólares.
El problema actual es que, al tener el Estado todas sus primas en una sola empresa, la está poniendo en riesgo, por cuanto se encuentra mucho más expuesta a cualquier tipo de situaciones o de eventos catastróficos que las demás.
Por ejemplo, si los dos aviones que se cayeron están asegurados con Sucre, “seguramente esta estará rezando que no se caiga un tercero”. (GLC)
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La concentración de los seguros en entidades estatales en Sucre tendría además un impacto en las otras empresas del sistema, porque hay algunas que operan, por decisión propia, con compañías del Estado. Al no tener esa capacidad o esos negocios, deberán volcarse a los seguros tradicionales y, como consecuencia, habría una reducción de tasas, poniendo en riesgo de que estas sean antitécnicas y poco prudentes, según empresarios del sector. Algunos aseguradores, incluso, señalan que con las 42 aseguradoras para operar en el país, las primas ya están al mínimo. (GLC) |
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Sucre sube su patrimonio
Seguros Sucre, la empresa que brinda cobertura a los bienes del Estado, posee un patrimonio de 10,49 millones de dólares. La cifra supera a lo que acumularon el año anterior ($ 9,18 millones).
Rentas al alza
La utilidad que generó el mercado asegurador, al cierre de febrero de este año, sumó 32 millones de dólares, según los estados de pérdidas y ganancias publicados por la Superintendencia de Bancos.
Más solvencia
El patrimonio del mercado asegurador cerró (a diciembre de 2008) en 226 millones de dólares.
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Art. 225-335
De la Constitución, sobre la empresa privada y los monopolios.
En el primer artículo se establece cuáles son las empresas estatales y no consta allí Seguros Sucre.
En este artículo se determina que el Estado evitará cualquier práctica de monopolio y oligopolio privados.
Art. 336
De la Constitución relativo a la competencia.
El Estado asegurará la transparencia e eficiencia de los mercados y fomentará la competencia en igualdad de condiciones y posibilidades. Con la entrega de los seguros estatales a Sucre, se estaría violando este artículo.
Art. 2, inciso primero.
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Se someterán a normativa específica que para este efecto dicte el Presidente de la República en el reglamento general a esta ley, las instituciones de seguros en las que el Estado o sus instituciones son accionistas únicos o mayoritarios.
Art. 4
Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública.
Para la aplicación de esta ley y de los contratos que de ella se deriven, se observarán los principios de legalidad, trato justo, igualdad, calidad, vigencia tecnológica, oportunidad, transparencia...
Art.74.
Constitución. Contratación de seguros para el sector público
Para la contratación de seguros, todas las instituciones y entidades del sector público se sujetarán a concurso de ofertas entre empresas de seguros constituidas y establecidas legalmente.
Art.75.
De la Constitución de la República
En cuando a las condiciones de las pólizas y las tarifas, estas serán el resultado del régimen de libre competencia del mercado de seguros.
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